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Por Ordenanza, el Concejo Municipal creó un Registro de Fiestas Electrónicas

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“La iniciativa tiene como objeto la creación en el ámbito municipal de un Registro de Eventos de música electrónica para que los organizadores cuenten con parámetros mínimos de control y a su vez los concurrentes puedan disponer en forma pública de información asociada a la organización de los mismos”, argumentó Aeberhard.

Requisitos de la Ordenanza

Entre sus artículos, se detalla que el Municipio deberá exigir a los organizadores de los eventos, constancia de habilitación municipal para funcionamiento del establecimiento en el cual se realice el evento. En caso de eventos realizados en predios que no hagan habitualidad de éste objeto, autorización especial del titular del inmueble y gráfico de ubicación de estructuras y dependencias provisorias instaladas.

Asimismo, la ordenanza solicita el funcionamiento de un sistema de control y conteo de ingresos de personas, respetando el factor ocupacional admitido para el predio; la contratación de seguro de responsabilidad civil, vida, accidentes personales e incendios, como así también garantía de caución a favor del Municipio; contratación de servicio privado de atención de emergencias médicas. Se exigirá, también una unidad por cada mil (1.000) personas, como así también, iluminación y señalización vial de las zonas de ingreso y egreso.

También los eventos electrónicos, requerirán la contratación de servicio de seguridad privada y notificar la realización del evento a la dependencia policial de la jurisdicción con cuarenta y ocho horas de antelación. Los organizadores deberán asumir a su exclusivo cargo el pago del servicio de efectivos adicionales de policía, agentes de tránsito, control urbano y ambulancias, que resulten necesarios en proporción a la capacidad máxima de asistentes autorizados, más la habilitación de profesionales de Higiene y Seguridad.

La norma, requiere constancia de inscripción vigente en el Registro de Organizadores de Eventos de música electrónica, Plan aprobado de Contingencia y Evacuación y pabellones sanitarios con provisión de agua potable y fresca para consumo de forma gratuita y libre, tanto en baños como en puestos de expendio de bebidas.

Además, el texto aprobado indica que deberá colocarse un dispenser de provisión de agua por cada 300 asistentes al evento y contar con un protocolo aprobado de actuación frente a situaciones de intoxicación y/o catástrofes sanitarias; más, una constancia de contratación de servicio de limpieza para el predio y su entorno, una vez finalizado el evento.

En el mismo sentido, la ordenanza prevé que los organizadores deberán difundir la información para concientización y reducción de conductas de riesgo asociadas a consumos problemáticos de sustancias psicoactivas. El local debe contar con la señalética que indique salidas de emergencias, los baños habilitados, dispenser de agua y barras de expendio de bebidas y agua. En las pantallas deberá anunciarse frecuentemente la imagen de las salidas de emergencia y puestos de hidratación.

Por último, indica que toda otra exigencia de control que se establezca para eventos masivos, será aplicable a los eventos de música electrónica.