Historia del Concejo

¿Cuál fue el recorrido histórico de su conformación?

Todo comienza con la fundación de Santa Fe, por Juan de Garay, el 15 de noviembre de 1573, cerca de l a zona que hoy ocupa la localidad de Cayastá. Desde su origen, se conforma con funciones administrativas, políticas y militares que la consolidaron como ciudad. Esto permitió que se mantenga y fortalezca en su traslado a su actual ubicación, entre 1651 y 1660.

La ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, se afirmó como entidad política. El Cabildo, su institución más
importante desde la fundación, reunió la misión propia de un concejo municipal, la dirección general del territorio, su defensa y conservación. De este modo, intervenía en planteos legislativos, administrativos y judiciales. En casos urgentes convocaba a toda la población para deliberar y resolver problemas compartidos. Estas instancias llamadas “Cabildos Abiertos” son ejemplos tempranos de la actuación de la soberanía popular.

Desde su fundación, Santa Fe dependió de otras jurisdicciones. Fue en 1815, cuando el pueblo santafesino declaró su autonomía y en el Cabildo se instaló por primera vez un gobernador local: Francisco Candioti.

En 1819, el gobernador Brigadier General Don Estanislao López, mediante un Estatuto, conservó el Cabildo como institución encargada de resolver problemas urbanos, que perduró hasta 1832 cuando fue disuelto.

La capital provincial mantuvo un rol destacado en el proceso de la organización nacional. La institucionalización del país se consolidó el 1° de Mayo de 1853, con la sanción de la Constitución Nacional en el cabildo de nuestra ciudad; hoy la actual Casa de Gobierno.
Con ello, se garantizó el goce de la autonomía provincial y la vigencia de un Régimen Municipal Constitucional. En este marco, se comenzó a diferenciar la administración PROVINCIAL de la MUNICIPAL.

Con la creación de la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe en 1860 finalizó el período de acefalia municipal y, un año más tarde, asumió el primer intendente: Dr. Simón de Iriondo.
En 1872, mediante la sanción de la Ley Orgánica de Municipios, se estableció que las autoridades de la ciudad estén integradas en dos concejos: el Concejo Deliberante (antecedente del actual Honorable Concejo) y el Concejo
Ejecutor (hoy, la Intendencia).

¿Cuál es la diferencia?

Mientras el primero se encargaba de dictar ordenanzas, el segundo tenía como función exclusiva el cumplimiento y ejecución de las disposiciones emanadas del Concejo Deliberante.

Esta Ley también instituyó que los miembros de ambos Concejos sean elegidos por las/os vecinas/os del municipio.

Se organizaron de la siguiente manera:

  • Concejo Deliberante
  • Concejo Ejecutor
  • Comisiones de uno o más habitantes de cada manzana

Las comisiones tenían como función facilitar la ejecución de todas las medidas que determinaran las ordenanzas vigentes sobre limpieza e higiene pública. Con el paso del tiempo, comenzaron a recoger inquietudes y necesidades de sus barrios, tal es así, que los representantes de cada manzana se involucraron en asuntos como vialidad, seguridad, moralidad pública, materia de asistencia social, educación y salubridad.

Posteriormente, ese rol que ocupaban los representantes barriales, fue ocupado por las/os concejalas/es, quienes tienen la responsabilidad de representar a los habitantes de nuestra ciudad, atendiendo a sus requerimientos y solicitudes.

¿Qué significan las palabras Honorable y Concejo?

– La palabra Honorable, se aplicaba al Concejo porque las personas que lo integraban merecían el respeto o la
buena opinión de los demás: eran sacerdotes de parroquias, maestros y personas comprometidas con sus vecinos.

Este término también proviene de trabajo, sin cobrar un sueldo a cambio; tal como lo hacían los primeros concejales.

– La palabra Concejo, proviene del idioma latín y significa asamblea o llamar a reunión. Otro de sus orígenes, es la palabra concilio, que es una reunión formal para tratar temas de relevancia social.