Se prevé que el mismo sea organizado y ejecutado por el Ejecutivo Municipal, a través de sus organismos competentes.
Los temas en los que versará la capacitación de los conductores serán el estudio de la normativa principal que regula el servicio público de taxis y remises; las normas de tránsito; la ciudad, su geografía, edificios, paseos y monumentos principales, elementos históricos y culturales mínimos y elementos para la promoción del turismo; conducta y tratamiento del cliente; mecánica ligera y mantenimiento del automóvil; y normas y prácticas para la seguridad y la comunicación.
En la norma aprobada se establece también, que los docentes encargados de la capacitación serán provistos por el Municipio.
En cuanto a la certificación del curso, se anuncia que, quienes hayan completado el curso de acuerdo a los requisitos que la reglamentación establezca, recibirán un certificado que lo acredite.
La realización del curso no será exigible por parte de las autoridades municipales para la habilitación de conductores en el transcurso de los dos primeros años de aprobada la presente ordenanza. Transcurrido dicho lapso y luego de que el Ejecutivo evalúe los resultados, el curso será obligatorio para la habilitación de conductores, aunque en dicho caso, y en su momento, deberá dictarse una ordenanza que lo establezca.
Mientras tanto, el Departamento Ejecutivo Municipal remitirá a las empresas y cooperativas de taxis y remises el listado de personas que hayan completado el curso.
Por último, el texto aprobado señala que el Gobierno Municipal deberá reglamentar la presente ordenanza en el plazo de sesenta días y dispondrá de noventa días para implementarla.