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Concejales se reunieron con instituciones por el Fondo de Asistencia Vecinal

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Unos veinte dirigentes vecinales se reunieron con los concejales Alejandra Obeid e Ignacio Martínez Kerz procurando que la Municipalidad destine a las instituciones barriales fondos consignados a cubrir gastos de fomento y funcionamiento, producto de la sanción de la Ordenanza 12361, denominado Fondo de Asistencia Vecinal (FAV).

Según la Ordenanza 12361, sancionada en abril de 2017, el Fondo de Asistencia Vecinal, debe ser destinado a “cubrir gastos de funcionamiento administrativos, de servicios, mantenimiento edilicio, certificaciones y honorarios profesionales” de las instituciones barriales vecinalistas.

“Las instituciones vecinales son históricamente el espacio de participación ciudadana con mayor presencia en el territorio y la creación del FAV buscó desde un principio fortalecer el trabajo de estas instituciones. El aporte de recursos genuinos para gastos de funcionamiento busca ser un impulso para que puedan sus instituciones continuar representado los intereses de los vecinos”, sostuvo Obeid.

La reunión con vecinalistas se llevó a cabo en la Sala Zapata Gollán del Concejo Municipal. “La propuesta programática de trabajo que se discutió en este encuentro con los jefes vecinalistas implica lograr una apropiación por parte de las vecinales de la Ordenanza que crea el FAV, para que sean las mismas instituciones que naturalmente son representativas de los vecinos, las que puedan gestionar los recursos que aportan a su funcionamiento".

Según la ordenanza votada por el Concejo Municipal el fondo “se conformará por el equivalente al dos por mil de la recaudación percibida en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior en concepto de tasas, derechos y multas, con excepción de aquellos que posean un destino específico determinado por normativa vigente”

Requisitos para el otorgamiento

La norma aprobada establece requisitos para su otorgamiento como la subsistencia de la personería jurídica de la institución, la constancia de inscripción en la AFIP, cuenta bancaria, y memoria y balance contable anual certificados. Asimismo, la ordenanza establece que los fondos deben ser rendidos por las vecinales conforme a las disposiciones del Tribunal de Cuentas Municipal y de los organismos provinciales de control.