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Se creará el Informe Municipal del Inmueble

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Durante la sesión de este 23 de noviembre los ediles aprobaron una ordenanza que obliga al Municipio a extender un detalle de las características edilicias con las que cuenta una propiedad. El Informe Municipal del Inmueble brindará información a los vecinos sobre las características del lugar y zona donde están emplazados los inmuebles, ya sea para compra o venta de los mismos. “Lo que hemos notado es que muchas veces el comprador o, inclusive el vendedor, no conocen si posee el certificado final de obra, si la escritura tiene que ver con lo realmente clavado y plantado en el lugar; si el lugar tiene un distrito vinculado a zona de seguridad hídrica, si puede tener determinados usos, determinadas formas de construcción”, detalló Simoniello.

Además, el edil aclaró que el principal objetivo es que ambas partes sean conscientes de las condiciones en las que adquiere o vende un inmueble. El informe será adjuntado a la Constancia de Libre deuda y se implementará para terrenos, casas, departamentos o locales comerciales.

IMI

Según el proyecto, la Municipalidad será la encargada de extender a quien lo solicite el Informe Municipal del Inmueble (IMI) que contará con información detallada sobre el número de la/s constancia/s Fiscales, al día – Libre de Deuda y los padrones vinculados a la misma, emitidas por el Sistema de Administración Tributaria (SAT); datos sobre el distrito de Zonificación en el que se encuentra emplazado el bien inmueble, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 11.748 – Reglamento de Ordenamiento Urbano, modificatorias y complementarias; el reporte de Mejoras donde consten los metros cuadrados de superficie construida, registrada ante el Municipio; y la existencia de Permiso de Obra, Final de Obra y documentación exigida por el Reglamento de Edificaciones.

Este informe municipal del Inmueble será exigido para iniciar trámite de subdivisión y unificación o su afectación al régimen de propiedad horizontal. Si no puede ser extendido por causas imputables al solicitante se desistirá con la solicitud, se procederá a la devolución de la documentación al interesado, quien, en su caso, deberá iniciar nuevamente el trámite.