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Establecen un Plan de pago para la regularización de infracciones

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El Concejo Municipal aprobó esta tarde dos Mensajes enviados desde el Ejecutivo local. En primer lugar, los Concejales avalaron el Mensaje Nº 65/12 para implementar un “Plan de Regularización de Infracciones” destinado a las contravenciones que corresponden a la competencia del Tribunal de Faltas y que hayan sido cometidas con anterioridad al 30 de junio de 2012.

El Plan se desarrollará a través de tres etapas de implementación: La primera durante el mes de diciembre de 2012, la segunda durante la primera quincena de enero de 2013 y la tercera dispuesta para la segunda quincena de enero de 2013.

El mismo será aplicable para actas de infracción en trámite sin sentencia; multas impuestas por sentencia pendientes de ejecución; convenios suscriptos en el Tribunal de Faltas; u obligaciones originadas por derecho de retención, traslados y depósitos en el corralón municipal de motos y/o vehículos. Para quienes opten por el pago al contado abonarán los montos mínimos de las escalas de multas y podrán acceder a importantes descuentos que irán disminuyendo de acuerdo a la etapa de implementación adherida.

Prescripción de las penas

Por otro lado, el Cuerpo también dio el visto bueno al Mensaje Nº 64/12 donde se determina, desde ahora, la prescripción de las penas a los cinco años. El presidente del Bloque radical, Ariel Rodríguez fue el encargado de manifestarse en el Recinto. “Ambos Mensajes tienen una lógica común de unificación. La modificación de las condiciones actuales de la prescripción para las infracciones y el hecho de que se incorpore un mecanismo de actualización para aquellas infracciones que no sean pagadas en término. Porque de este modo estaríamos tratando de igual manera a gente que no actúa igual y esto era algo injusto para quienes cumplían con sus obligaciones en término”, consideró.

Rodríguez explicó que “de la mano de esta modificación de condiciones, cuando se pasa de dos a cinco años, aquellos que tengan sentencia, nos parecía que teníamos que darle una oportunidad para que pudieran ponerse al día y que pudieran regularizar su situación con el Estado para que cumplieran con la penalidad que les había sido impuesta”.

Infracciones

Además, se realizaron modificaciones a las denominadas infracciones “graves” y “gravísimas”. En este sentido, se incorpora como infracción gravísima a conducir sin haber obtenido licencia expedida por autoridad competente -antes era considerada como grave-. “No es lo mismo tener la licencia vencida que nunca haber tenido licencia y estar manejando, por lo tanto entendimos que conducir sin haber tenido licencia tenía que pasar a la categoría de gravísima, y así fue puesto en el dictamen de comisión”, apuntó Rodríguez.

En tanto, se incorporó como “grave” a conducir con licencia vencida.