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Proponen la creación de un “Banco de Tierras” sobre inmuebles municipales

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Se dio ingreso esta semana en el Concejo Municipal a un Proyecto de Ordenanza donde se impulsa la creación de un “Banco de Tierras” el cual estaría integrado por los inmuebles que actualmente son de propiedad municipal, tanto de dominio público como privado, y por aquellos que se reciban o adquieran. La propuesta se enmarca de acuerdo a los alcances del Reglamento de Ordenamiento Urbano dispuesto por la Ordenanza Nº 11.748.

La iniciativa pertenece al concejal Roberto Campanella (Partido Justicialista) y tiene por objeto constituir una reserva y un relevamiento de tierras con destino a la construcción de viviendas o planes de viviendas; espacios verdes; espacios públicos de uso comunitario, educativo, social, cultural y deportivo.

De acuerdo a lo informado, la administración del Banco de Tierras estaría a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal de las áreas de Planeamiento, Hábitat y Catastro, y por dos representantes del Honorable Concejo Municipal, quienes evaluarían y dictaminarían las distintas posibilidades de utilización de la tierra en relación a las acciones que se instrumenten desde el Municipio.    

Padrón y loteos

Para llevar adelante el Proyecto se estima la conformación de un padrón de inmuebles municipales donde debería figurar cada terreno con su información técnica, dominial y catastral, y estado de deudas. En tanto, se contempla la autorización al Ejecutivo para incorporar inmuebles al erario municipal que conformarían el Banco de Tierras sea a través de adquisición directa, donaciones, vacancia por abandono calificado, subastas por juicio de apremio, acciones judiciales por abandono, prescripción adquisitiva de dominio, transferencia de tierras nacionales o provinciales, o expropiación; entre otros casos.

Por otra parte, según se expresa, de la totalidad de los lotes que resulten de la subdivisión de inmuebles de propiedad municipal establecidos por cada barrio o jurisdicción, se podría proceder a la venta directa en forma privada y adjudicación a grupos familiares o personas de escasos recursos en conformidad a las disposiciones del Régimen General de Loteos de Terrenos Municipales dispuesto por Ordenanza Nº 8.240 y el Régimen establecidos por Ordenanza Nº 8.330, con sus respectivas modificatorias.

Al respecto, Campanella argumentó que “la instrumentación de esta política pública se observa en varias provincias y municipalidades, no solamente de nuestra provincia sino también de otras, y está consustanciada en tres principios, en la función social de la propiedad, en el interés público y en el desarrollo sustentable en términos sociales, económicos y ambientales; principios que se corresponden con un ordenamiento urbano”.