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Se podrán regularizar las mejoras edilicias no declaradas

 
La Ordenanza aprobada prevé una reducción de la multa del 20% para los propietarios que declaren, durante los dos primeros meses de vigencia de la misma, las modificaciones realizadas. Asimismo, quienes realicen lo propio durante los dos meses subsiguientes, obtendrán un descuento del 10% sobre su deuda.

El presidente del Concejo de la ciudad, José Corral, destacó la importancia de la Ordenanza en tanto permitirá que vecinos, inmobiliarias, emprendedores y familias, puedan regularizar sus planos. “Se sabe que en la ciudad  hay un gran porcentaje de construcciones que no han tenido el permiso oportuno del Municipio”, sostuvo.

Asimismo, expresó respecto de esta iniciativa que “Tiene como criterio ser flexibles con las familias y más riguroso con las inversiones inmobiliarias, como los edificios en altura, tanto respecto a los desvíos del reglamento como de las multas, que serán mucho más significativas en estos casos.”

Respecto de las facilidades que ofrecerá este Plan explicó “permite que puedan hacerlo con una disminución significativa en las multas. Si bien se mantienen porque hay que hacer una diferencia entre quienes han cumplido a tiempo y quienes lo van a hacer tardíamente. Pero, además, en el caso de construcciones antirreglamentarias, va a permitir que, siempre que estos desvíos de los reglamentos no sean significativos, no alteren el espacio público, la salud, la seguridad de los vecinos, puedan ser regularizadas, lo cual le va a dar también seguridad jurídica a los propietarios y un catastro más actualizado al Municipio ya que hemos heredado uno muy desactualizado y realizado con tecnologías muy viejas.”

La Ordenanza aprobada establece que para adherir al plan es requisito ingresar el Legajo de Obra completo, según la reglamentación vigente, y abonar la totalidad del Derecho de Edificación que corresponda al momento de la presentación. El Gobierno de la ciudad otorgará el Certificado Final de Obras a aquellas edificaciones que cumplan con las disposiciones del Reglamento de Edificaciones y el Reglamento de Zonificación.

Los planos de las edificaciones que no cumplan con las normativas mencionadas se  visarán a fines de cumplimentar con los objetivos del Plan; en estos casos se entregará un Certificado Final de Obras con la aclaratoria “Plan de Actualización Catastral” y la Comisión del Reglamento de Edificaciones evaluará la edificación para otorgar un certificado válido para la habilitación de negocios.

Excepciones    

Quedan excluidas de los beneficios de este plan las mejoras realizadas que impliquen ocupación de la vía pública y las edificaciones irregulares no reglamentarias.
Asimismo, este beneficio no incluye a las edificaciones que presenten riesgos inaceptables para la salubridad y seguridad de sus habitantes o de terceros y aquellos casos en que se verifiquen tergiversaciones y/o ocultamiento de datos.
La Comisión de Reglamento de Edificaciones dictaminará respecto de estas exclusiones.

El DEM corroborará los datos físicos aportados, impidiendo el acceso a estos beneficios a quienes tengan mejoras no declaradas.  Asimismo, establecerá y dictará las normas complementarias necesarias para la implementación de este Plan en lo que respecta a plazos, vencimientos, condiciones, importes mínimos de cuotas, caducidad de planes suscriptos y otras.

Acerca del Plan de Actualización Catastral

Se enmarca en estrategias de Ordenamiento Urbano, actualización catastral y regularización dominial que se vienen desarrollando en el ámbito de un proceso participativo entre el DEM y los Colegios Profesionales de Arquitectos, Ingenieros Civiles y Técnicos y Maestros Mayores de Obra.

El Plan se adscribe a los lineamientos del Plan Urbano Santa Fe ciudad y al proceso de Reforma y Modernización del Estado que está llevando adelante la actual gestión, “que dan origen y sustentación al proceso participativo iniciado con la articulación de los distintos actores sociales del sector público y privado”, afirman desde el DEM.