La Secretaría de Obras Públicas y Recursos Hídricos invitará a los ciudadanos y a las organizaciones no gubernamentales, quienes la deberán aceptar expresamente para pasar a formar parte de la misma; el desempeño de un ciudadano o de una organización no gubernamental será voluntario y ad-honórem.
Entre las atribuciones de las Juntas se incluye la observación y seguimiento en todo lo concerniente a la ejecución de las obras públicas que se le asignen. La misma deberá presentar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Honorable Concejo Municipal, todos los informes, observaciones y/o sugerencias que estimen pertinentes con el fin de ser considerados en orden a evaluar el desarrollo de la obra.
Sólo quedarán excluidas de este control las obras que impliquen tareas con fines de mantenimiento de lo ya existente.