Otra modificación de peso que se realizó esta ligada al número de licencias. Según lo sancionado, una persona puede llegar a ser titular de hasta tres licencias por medio de la transferencia de un titular con más de siete años de antigüedad en el servicio, o por medio de herencia legítima a causa del fallecimiento del titular. En el caso de obtener la tercera, el vehiculo deberá estar equipado adecuadamente para el traslado de personas con discapacidades motrices, ya sean transitorias o permanentes.
En cuanto a la situación laboral de los choferes, se estableció un sistema de relevamiento de trabajadores en actividad por parte del Ejecutivo Municipal, que deberá realizarse al menos dos veces al año.
Según declaraciones de la concejala Adriana Molina “esta es una Ordenanza claramente superadora de su predecesora”.