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Solicitan realizar un relevamiento para determinar la superficie comercial cubierta en la ciudad

 

En la sesión del jueves 19 de noviembre de 2009, el Concejo Municipal aprobó una Ordenanza que establece que el Ejecutivo, en un plazo no mayor a 30 días, realice en el marco de la Ley Nº 12.069 –  Grandes Superficies Comerciales – y de la Ordenanza en adhesión a la misma (aprobada el 29 de octubre del corriente), un relevamiento comercial tendiente a determinar la superficie comercial cubierta conforme al artículo 3 de la citada norma provincial.

La norma determina que el Municipio se abstenga de emitir pre-habilitaciones, autorizaciones o permisos de radicación de nuevos emprendimientos comerciales comprendidos en la Ley Nº 12.069 hasta tanto no se conozcan los resultados de dicho relevamiento.

Así también deberá abstenerse de dar continuidad administrativa a cualquier tipo de gestión que se encuentre en curso en el ámbito de la administración municipal, en cualquiera de sus estamentos administrativos o políticos, independientemente del estado procesal administrativo de la misma.

Una vez realizado dicho relevamiento y elevadas al Concejo Municipal las conclusiones finales, será el Ejecutivo el encargado de determinar la superficie comercial máxima cubierta de la ciudad.