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Se definió un Proyecto Urbanístico para Barrio Candioti Sur

 

En la sesión del jueves 1º de octubre de 2009, el Concejo Municipal aprobó, tras el paso por las comisiones correspondientes, un Mensaje enviado por el Ejecutivo en el que se realizan modificaciones al Reglamento de Zonificación en lo concerniente a Barrio Candioti Sur de nuestra ciudad.

De esta forma, se incorporan los siguientes distritos:

Distrito R2a: Zona de densidad media y actividades compatibles con valores ambientales y patrimoniales a preservar.
Distrito RAD: Zona destinada a la localización de uso residencial de alta densidad y actividades compatibles.
Distrito C2a: Comercial central complementaria sobre Boulevard Gálvez.
Distrito C2b: Comercial central complementaria sobre ejes viales estructurantes.

Con la aprobación de la norma se estipuló además la conformación de una comisión técnica especial para elaborar recomendaciones en lo relativo al Plan Urbano y su reglamento de zonificación que deberá ser remitido en 120 días al Concejo Municipal.

Para integrar la comisión el Ejecutivo deberá invitar a representantes de los bloques del Cuerpo Legislativo Local, a los Colegios profesionales, a la Federación de Vecinales, a las universidades, sindicatos de trabajadores de la construcción y a las empresas de servicios públicos vinculadas a la trama urbana. Dicha comisión será integrada dentro de los 30 días de promulgada la norma.

Las características de cada uno de estos distritos será la siguiente:

Distrito R2a – Residencial

Límites: Calles internas dentro del perímetro comprendido por las calles, Marcial Candioti, Avenida Alem, Laprida y Boulevard Gálvez.

Los lotes dentro de este espacio deberán tener como dimensión mínima 10mts de frente y 200mts cuadrados de superficie. No se admiten subdivisiones con parcelas internas.

Dentro de la infraestructura mínima requerida se cuenta la nivelación del terreno, pavimento total del sector urbanizado, desagües pluviales entubados, red cloacal, red de gas por extensión de la red existente, forestación de las calles y espacios verdes, red eléctrica subterránea y alumbrado público, y tendido de red domiciliaria de agua potable por extensión de la red existente.

En esta zona, los edificios tendrán una altura máxima de 9mts, pudiendo ser sobrepasada, en su caso, exclusivamente por tanques de agua, sala de máquinas, conductos de ventilación y línea cumbrera.

Distrito RAD – Residencial

Límites: Avenida Alem, desde Belgrano hasta Laprida.

Los lotes dentro de este espacio deberán tener como dimensión mínima 20mts de frente y 400mts cuadrados de superficie. No se admiten subdivisiones con parcelas internas.

Dentro de la infraestructura mínima requerida se cuenta la nivelación del terreno, pavimento total del sector urbanizado, desagües pluviales entubados, red cloacal, red de gas por extensión de la red existente, forestación de las calles y espacios verdes, red eléctrica subterránea y alumbrado público, y tendido de red domiciliaria de agua potable por extensión de la red existente.

En esta zona, los edificios tendrán una altura mínima de 36mts. Se podrá tomar como nivel del suelo desde 0mts de construcción hasta una altura de 2mts sobre el nivel de la vereda.

Distrito C2a – Comercial

Límites: Boulevard Gálvez, desde Marcial Candioti hasta Laprida

Los lotes dentro de este espacio deberán tener como dimensión mínima 12mts de frente y 300mts cuadrados de superficie. No se admiten subdivisiones con parcelas internas.

Dentro de la infraestructura mínima requerida se cuenta la nivelación del terreno, pavimento total del sector urbanizado, desagües pluviales entubados, red cloacal, red de gas por extensión de la red existente, forestación de las calles y espacios verdes, red eléctrica subterránea y alumbrado público, y tendido de red domiciliaria de agua potable por extensión de la red existente.

Distrito C2b – Comercial

Límites: Marcial Candioti, desde Boulevard Gálvez hasta Avenida Alem.

Los lotes dentro de este espacio deberán tener como dimensión mínima 12mts de frente y 300mts cuadrados de superficie. No se admiten subdivisiones con parcelas internas.

Dentro de la infraestructura mínima requerida se cuenta la nivelación del terreno, pavimento total del sector urbanizado, desagües pluviales entubados, red cloacal, red de gas por extensión de la red existente, forestación de las calles y espacios verdes, red eléctrica subterránea y alumbrado público, y tendido de red domiciliaria de agua potable por extensión de la red existente.

La altura máxima sobre la línea municipal podrá alcanzar los 18mts. Si el edificio sobrepasa la altura máxima permitida deberá retirarse a una distancia no menor de 12mts del eje de la calle.