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Reglamento de Tránsito: Se modificaron los niveles permitidos de alcohol en sangre

 

{mosimage}En la sesión del jueves 16 de abril, el Concejo Municipal aprobó una ordenanza que estipula la modificación de algunos artículos relacionados con los niveles permitidos de alcohol en sangre dentro del Reglamento General de Tránsito.

El proyecto encuentra fundamento en la “evidente preocupación, en el orden local, provincial y nacional, por disminuir los perversos efectos del alcohol en relación a los reflejos del organismo humano”.

El texto, presentado por la concejala Noelia Montaño de Chiementín y los concejales Jorge Henn y Carlos Suarez (FPCyS), determina que quienes conduzcan moto vehículos no podrán hacerlo con una graduación de alcohol en sangre mayor a 0,3 gr/l.

También se prevé que la concentración de alcohol en sangre sea nula para los conductores de vehículos de transporte público en cualquiera de sus modalidades, transporte de cargas y transportes escolares.

Se estipula que de resultar positiva la medición de alcohometría, sin importar los valores que arroje, se considerará como alcoholemia peligrosa y se actuará conforme lo establece la normativa vigente para estos casos.

Por último, es preciso señalar que las reformas realizadas al Reglamento General de Tránsito se encuentran en relación a la actualizada a la Ley Nacional de Tránsito.