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Modifican el Régimen de Beneficios jubilatorios para Excombatientes de Malvinas

 

{mosimage}En la sesión del jueves 23 de abril de 2009, el Concejo Municipal aprobó una Ordenanza que establece la modificaciones al Régimen de Beneficios jubilatorios para Excombatientes de Malvinas.

Puntualmente, se cambia la letra del artículo Nº 9 de la Ordenanza Nº 11.509, por el siguiente texto: “La determinación del haber para los Ex-combatientes de Malvinas, que opten por el sistema determinado en la presente, será el equivalente al 82% de la remuneración que perciba el solicitante. Debiendo tomarse, a tal efecto como si el beneficiario hubiese prestado servicios por treinta años”.

En su fundamento, la norma sostiene que “el 2 de abril al recordar a nuestros soldados debemos preguntarnos si en realidad al homenajearlos los estamos reconociendo como tales”. Se hace necesario el reconocimiento “para que los laureles estén en los hechos y no en las meras palabras”, concluye Acuña.