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El Concejo Municipal aprobó la implementación de un Sistema Municipal de Gestión de Riesgos

 

En la sesión del jueves 14 de agosto de 2008, el Concejo Municipal, aprobó un mensaje enviado por el Ejecutivo Municipal que estipula la creación de un Sistema Municipal de Gestión de Riesgos de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz.

Se prevé, en el texto aprobado, que el mismo esté constituido por el conjunto de organismos públicos municipales, provinciales y nacionales, asociaciones y entidades privadas, organizaciones no gubernamentales, comunitarias e intermedias, de asistencia social, educativas, culturales, religiosas, deportivas, gremiales, mutualistas y cooperativas que tienen injerencia en el tema. Es decir, que desarrollan planes, programas, proyectos y acciones específicas en materia de prevención y mitigación de riesgos de desastres, preparación y respuesta a situaciones de emergencia y desastres, rehabilitación y reconstrucción posteriores a su manifestación. Comprende asimismo a la totalidad de los habitantes de la ciudad.

Objetivos Generales

Impulsar las medidas necesarias para proteger a la sociedad en general, sus bienes materiales y el medio ambiente en el marco de los planes de desarrollo.

Objetivos Particulares

a) Determinar las políticas de gestión de riesgos en el ámbito municipal

b) Establecer planes, programas, proyectos y actividades para el cumplimiento de las políticas de gestión de riesgos

c) Impulsar la inclusión de los principios orientadores de la política de gestión de riesgos en todos los programas, planes, proyectos y actividades que pueden contribuir a la reducción o incremento de los mismos, tales como el ordenamiento territorial, el desarrollo rural y urbano, la gestión ambiental.

d) Fijar los objetivos y orientación, en materia de gestión de riesgos, de la educación pública y la comunicación, así como la capacitación y adiestramiento de los agentes públicos y de la población en general.

e) Disponer la realización de estudios e investigaciones relativos a los riesgos a que está expuesto el territorio, es decir, la identificación y cuantificación de las amenazas y vulnerabilidades físicas, sociales, institucionales, legales, y la evaluación de riesgos para diversos escenarios.
f) Promover la creación y el desarrollo de entidades que por sus actividades puedan ser consideradas auxiliares de la gestión de riesgos

g) Establecer acuerdos de “ayuda mutua” con los municipios vecinos y provincias limítrofes.

h) Disponer la ejecución de medidas de apoyo a otras comunas o municipios, de conformidad con los acuerdos de ayuda mutua que se haya suscripto o se suscriban en el futuro.

Niveles

La ordenanza aprobada por el Concejo Municipal, a los efectos de clarificar la ejecución de las acciones de protección de bienes y personas distingue cuatro niveles, que deben actuar de acuerdo a la magnitud de la emergencia, en forma coordinada y en muchos casos simultáneamente.

NIVEL I: Emergencia de resolución local (desastre a nivel municipal); este   nivel es la base de la pirámide y, por ende, el más importante de la gestión de riesgos.

NIVEL II: Cuando siniestro la emergencia hace necesaria la participación regional o multisectorial (desastre a nivel provincial).

NIVEL III:   Cuando siniestro la emergencia hace necesaria la participación de recursos nacionales (desastre a nivel nacional).

NIVEL IV: Cuando las capacidades de respuesta a nivel nacional fueron  superadas (desastre a nivel internacional).

Dirección de Gestión de Riesgos

La misma tendrá las siguientes funciones:

a) Coordinar las actividades del Comité Municipal de Gestión de Riesgos y garantizar el cumplimiento de sus funciones y decisiones.

b) Centralizar y operativizar el Plan de Emergencia y los Planes de Contingencia, produciendo los proyectos y actualizándolos según los escenarios de riesgos que se vayan verificando en el territorio.

c) Proponer proyectos de disposiciones, directivas, pautas e instructivos que sobre Gestión de Riesgos deba impartir el Intendente Municipal.

d) Establecer y promover acuerdos de ayuda con los municipios y comunas limítrofes o zonas de influencia.

e) Fomentar la creación y capacitación de asociaciones voluntarias.

f) Entender en todo lo atinente a las actividades de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, de acuerdo a las disposiciones vigentes.

g) Promover estudios relacionados con las políticas y acciones municipales que se establezcan sobre Gestión de Riesgos.
h) Participar en los programas que involucren la Gestión de Riesgos.

i) Desarrollar programas en los aspectos pertinentes a la promoción, capacitación y difusión a nivel municipal de aspectos relacionados con la  Gestión de Riesgos

j) Crear conciencia en las empresas públicas nacionales, provinciales y municipales, entidades civiles, de bien público y empresas privadas, sobre la importancia de su participación en la gestión de riesgos, cuando las mismas se encuentren dentro de la jurisdicción del municipio.

k) Realizar reuniones o jornadas de trabajo para la capacitación del personal permanente del Comité Municipal de Gestión de Riesgos, dependencias comunales y entidades que tengan relación directa con el tema.

l) Elaborar el plan anual de las actividades y el presupuesto correspondiente de Gestión de Riesgos.

m) Difundir entre la población las medidas de prevención y preparación, efectuando simulacros de diversos eventos.

Finalmente se deja sentado en el texto sancionado la responsabilidad de los organismos públicos, de las organizaciones no gubernamentales y de los habitantes  en la prevención, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la catástrofe o desastre.