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Se aprobó el proyecto de regulación del transporte

 

El Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe aprobó, con despacho de mayoría, una ordenanza elaborada por el Ejecutivo Municipal que regula los recorridos, frecuencias y tarifas del transporte urbano de pasajeros. Fue en la sesión realizada el pasado jueves 10 de abril.

 

La importancia de la nueva norma radica en que establece claramente y en un único cuerpo los recorridos y frecuencias de las distintas líneas del transporte público por colectivos. También dispone la cobertura de áreas urbanas no alcanzadas en la actualidad, y la mejora del servicio.

Creación del Boleto Universitario

En el artículo 6º  de dicha  ordenanza, se crea el Boleto Universitario, el mismo alcanza tanto a los estudiantes de las Universidades e Institutos Públicos Nacionales, así como también a los alumnos de Universidades e Institutos Privados.

Recorridos y frecuencias

Los primeros artículos están dedicados a la aprobación de los recorridos y frecuencias, facultándose, además, al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar, prolongar o reducir los recorridos aprobados, hasta un máximo de un 20 % del total de cada línea, a través de decreto fundado, que deberá comunicarse al Concejo Municipal. Los cambios que superen el 20 % mencionado deberán efectuarse a través de una ordenanza del Cuerpo deliberativo.

Las nuevas tarifas

La nueva norma modifica también las tarifas vigentes, estableciendo que, la tarifa plana será de $ 1.50; centro: $ 1.10; escolar: $ 0.60; jubilado: $ 0.70; estudiantil (terciarios – universitarios): $ 0.90 y tarifa seguro: $ 0.30.

Por su parte, para la Línea 13 se estableció que el recorrido principal ascenderá a $ 1.70; el principal más el Ramal, $ 2.00 y el Ramal: $ 0.70.

Control del servicio

Otra de las cuestiones contempladas en la norma está relacionada con el control de la prestación del servicio, ya que los mecanismos existentes en la actualidad resultan precarios para un contralor eficiente. Por ello, la nueva ordenanza prevé la implementación paulatina de un sistema de monitoreo y seguimiento satelital, que permita controlar el cumplimiento de los recorridos y frecuencias, la cantidad de unidades en circulación y las velocidades comerciales.

Además, se estableció que será un requisito esencial para la habilitación de nuevas unidades que las mismas cuenten con un sistema de seguimiento satelital o GPS autorizado por el D.E.M.

También en relación a los controles, la ordenanza dispone que las empresas prestatarias del servicio, deberán poner a disposición del Municipio el software o la tecnología necesaria para establecer un efectivo mecanismo de cuantificación y cualificación de los boletos emitidos por cada una de las unidades de las diferentes líneas.

Cabe mencionar que hasta el dictado de esta norma, los únicos elementos con los que cuenta el Municipio para determinar la cantidad de boletos vendidos son las declaraciones juradas de las empresas prestatarias, lo cual resulta una limitante al momento de elaborar el cuadro tarifario.

Multas para las empresas

La norma aprobada prescribe además la aplicación de multas para las empresas, que oscilarán entre cien a treinta mil veces el valor de la tarifa básica, en el caso en que se cometan infracciones.

Servicio a personas con discapacidad

Finalmente, los concejales aprobaron la incorporación progresiva de coches con mecanismos que posibiliten la accesibilidad a los mismos a personas con capacidad motriz reducida. Deberán difundirse adecuadamente los horarios de estos servicios a fin de ser suficientemente predecible su utilización por quienes lo requieran.