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Se eximirá del pago del Derecho de Registro e Inspección a los monotributistas

 
El Concejo Municipal aprobó en la sesión del jueves 8 de mayo, un mensaje enviado por el Ejecutivo Municipal en dónde se aprueba modificar el inciso 16, del artículo 44º de la Ordenanza Impositiva Anual referente a exenciones del Derecho de Registro e Inspección, por el siguiente texto:

“16) Los contribuyentes que se encuentren inscriptos como sujetos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas) establecidos por Ley Nacional Nº 25.865. Esta prerrogativa se otorgará por el plazo de tres (3) meses, y alcanzará a los responsables cuya fecha de iniciación de la actividad sea posterior al 01 de enero de 2.008, y en tanto cumplimenten y/o hayan cumplimentado en tiempo y forma los requisitos para la inscripción y habilitación establecidas por las disposiciones reglamentarias”.