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Será obligatorio equipar con aire acondicionado a taxis en la ciudad

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Así, deberá incorporarse el inciso I) al artículo 15 “de los vehículos” de la Ordenanza N° 11661 de Servicio de Taxímetros, quedando redactado de la siguiente forma: “Todo automóvil destinado al servicio de taxi deberá reunir las siguientes condiciones mínimas: I) Contar con equipo de aire acondicionado en perfecto estado de funcionamiento […] El equipo de refrigeración deberá encenderse a solicitud del pasajero, si el mismo no estuviese en funcionamiento al acceder al vehículo”.

La ordenanza establece una serie de condiciones técnicas mínimas que deberán reunir los equipos, y establece un plazo improrrogable de hasta dos años para readecuar cada unidad.

Al respecto, Martínez Kerz explicó que “el proyecto se origina por los reiterados reclamos de los vecinos que utilizan este servicio de transporte para trasladarse cotidianamente. Hay que tener en cuenta que en Santa Fe, los períodos de altas temperaturas son cada vez más prolongados, por lo que la aplicación de esta normativa no solo tiene que ver con un mayor confort y comodidad para los usuarios y los mismos conductores, sino que también implica el cuidado de su salud. Tengamos en cuenta que las altas temperaturas y la baja presión que azotan cada vez con más frecuencia en nuestra ciudad hacen que se produzcan descompensaciones y golpes de calor principalmente en adultos mayores y niños”.

“Es deber del Estado garantizar los estándares mínimos de calidad que todo servicio público debe cumplir. Este proyecto ya lo había presentado en el año 2014, pero el 31 de Diciembre de 2015 perdió estado parlamentario. Este año volvimos a insistir con la presentación porque creemos en la importancia del mismo, por eso hoy celebro su aprobación y espero una pronta concreción”.