Distinción a santafesinos

ORDENANZA Nº 10228 y actualizada y texto ordenado hasta Ordenanza Nº 12792

Art. 11º: Publicidad de las distinciones

Previo al otorgamiento de cualquier distinción otorgada por esta Ordenanza, se realizará una publicación en el portal del Honorable Concejo Municipal por el término de siete (7) días, en el cual podrán recibirse observaciones según el procedimiento establecido en la presente.

Listado de proyectos de personas para ser distinguidas:

  • Graciela Brusa (Santafesina Destacada)

Expediente N° CO-0062-01952963-5 (PC)

El Honorable Concejo Municipal de la Ciudad Santa Fe de la Vera Cruz, declara Santafesina Destacada a la Sra. Graciela Brusa por su amplia trayectoria profesional y valioso aporte en la transformación digital de organizaciones públicas y privadas del país y en el desarrollo de la firma electrónica.

  • Miguel Angel Morelli (Santafesino Ilustre)

Expediente N° CO-0062-01933227-9 (PC)

El Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Santa Fe declara Santafesino Ilustre a Miguel Angel Morelli, cantante, guitarrista, autor y compositor santafesino por su larga y exitosa trayectoria musical.

Art. 12º: Protocolo de observación o revocación de distinciones

Toda solicitud recibida por Mesa de Entradas observando la designación o solicitando la revocación de distinciones otorgadas por esta Ordenanza deberá ser fundada y acompañada por una Organización No Gubernamental.

El expediente será girado a la Comisión Permanente de Desarrollo Social, Cultura, Educación, Salud, Derechos Humanos, Género y Diversidad, la cual analizará la procedencia del pedido y elaborará un dictamen aceptando o rechazándolo.

La Comisión podrá solicitar informes de antecedentes a los Tribunales, el Ministerio Público de la Acusación o al interesad.

En ambos casos el Dictamen será girado a la Comisión de Gobierno y Seguridad Ciudadana.

La Comisión de Gobierno y Seguridad Ciudadana, en caso de aceptar la observación formulada, procederá a convocar a una Audiencia a los iniciadores del expediente y al candidato propuesto o distinguido, según sea el caso, los cuales serán oídos individualmente y luego se pasará a dictaminar sobre la procedencia o no de la distinción o su revocación.